A menudo nos encontramos con progenitores que acuden al despacho y nos exponen que el hijo mayor de edad dispone de un trabajo remunerado o que se ha independizado del núcleo familiar. La duda que les surge es si es necesario solicitar la extinción de la pensión de alimentos a través de un procedimiento de modificación de medidas y sí, en caso de no hacerlo, si se podría alegar como causa de oposición en un procedimiento de ejecución forzosa.
Inicialmente, será necesario estudiar si se cumplen los requisitos para poder solicitar la extinción de la pensión. Encontrará esta información en el blog de Legal&Familia.
De cumplirse los requisitos mencionados y encontrarse en la situación expuesta, desde Legal&Familia recomendamos seguir los siguientes pasos:
> En primer lugar, intentar una mediación familiar previa con la otra parte para exponer la situación y poder consensuar la extinción de la pensión de alimentos.
> En segundo lugar, si la mediación no ha funcionado, se recomienda instar una demanda de modificación de medidas con solicitud de medidas provisionales coetáneas solicitando la extinción de la pensión.
Si no se solicita la extinción de la pensión de alimentos a través de un procedimiento de medidas, la sentencia donde se encuentre regulada la pensión seguirá siendo firme y, por tanto, podrá ser ejecutada.
En un procedimiento de ejecución forzosa no podremos solicitar la extinción de la pensión de alimentos, si bien es cierto que podremos alegar como causa de oposición la insuficiencia del título por causa sobrevenida determinante de la inflexibilidad de obligación, acreditando que estamos ante una situación de abuso de derecho.